¿Están sancionados o no? Zonas grises en la verificación de sanciones
Evita caer en interpretaciones erróneas en la búsqueda de sancionados
La labor de comprobar si un cliente o proveedor está o estuvo sancionado por algún organismo regulador, es crítica. Un error de interpretación o la inatención de señales de peligro, lleva al instante a que la empresa asuma riesgos de sanciones, litigios y problemas de reputación.
Algo tan simple como que el nombre de una persona sea un nombre común, puede generar mucha incertidumbre en nuestra due diligence.
Muchas veces los resultados obtenidos son claros e inconfundibles, pero en ocasiones nos tocará movernos en claroscuros de difícil interpretación.
La comprobación de sanciones como estándar
Llevar a cabo este tipo de verificaciones de sancionados se ha convertido en un estándar, tanto en clientes de bajo riesgo, como en clientes de medio o alto riesgo; siempre es una buena práctica, siempre y cuando no consumas muchos recursos.
Normalmente, las comprobaciones se compran en grandes cantidades, por lo que cada verificación suele costar unos pocos céntimos. También puedes abordar esta tarea de manera manual, y de forma gratuita, pero debes invertir más tiempo y esfuerzo.
La premisa es sencilla, basta con introducir el nombre de la persona física o persona jurídica y revisar los posibles resultados, sin embargo, Los resultados pueden ser inciertos por varias razones:
El nombre verificado es un nombre muy común (George Smith, Amir Mohammed, Zhang Wei)
Falta de datos identificativos secundarios claros (país, dirección, fecha de nacimiento, número de registro)
Existe sanción en la empresa matriz, subsidiaria, joint venture, etc., pero no en la entidad que se está evaluando
La empresa es una entidad pública, y está interconectada con otras entidades públicas o privadas de diferentes maneras.
Se halla una sanción que ya ha vencido. Estas sanciones históricas en la base de datos puede llevar a una evaluación incorrecta del riesgo actual.
Se halla una sanción, pero no ofrece detalles claros sobre su naturaleza, lo que dificulta entender exactamente por qué se impuso la sanción y qué implicaciones tiene para la entidad o persona en cuestión.
Por eso, incluso si un cliente te aparece como sancionado, la decisión no siempre va a ser el fin de la relación, quizás este resultado sea un disparador para continuar investigando, y tratar de que la decisión final sea lo más informada posible.
He encontrado una sanción, ¿pero esta es la persona con la que estoy tratando?
Esta situación es más común de lo que parece, especialmente cuando tratamos con clientes con un nombre y apellido popular en su país de origen.
Para resolver este dilema, obtén datos de identificación secundarios como su fecha de nacimiento, país de nacimiento/residencia, dirección de la empresa, segundo apellido y otros datos similares.
Considera las diferencias geográficas y culturales, por ejemplo, en China, el apellido de una persona generalmente viene primero. Y en algunas culturas árabes, los nombres pueden tener cinco partes distintas: título (honorífico o profesional), nombre de pila, bin o ibn (que significa "hijo de"), nombre de pila del padre y apellido.
¿Qué pasa si la entidad con la que queremos trabajar no está directamente sancionada, pero es parte de otra entidad que sí lo está?
Las estructuras de propiedad no suelen estar incluidas en todas las bases de datos de sanciones. Estas bases de datos suelen ser una recolección de nombres e identificadores, junto con la naturaleza (y a veces la causa) de las sanciones.
Las entidades pueden aparecer en la lista debido a sus conexiones destacadas con entidades sancionadas, pero las estructuras de propiedad más complejas o minoritarias pueden ser difíciles de interpretar.
Supongamos que tu empresa quiere trabajar con Global Inc., y descubres que Global Inc. es propiedad en un 50% de BU Holdings, y BU Holdings es propiedad en un 20% de Christopher Sindik. La pregunta es, ¿importa que Christopher Sindik esté en la lista de Nacionales Especialmente Designados (SDN) de la OFAC?
Sí, que Christopher Sindik esté en la lista SDN es un dato que debería formar parte la decisión de trabajar con Global Inc., aunque su relación de propiedad sea minoritaria.
¿Qué pasa si el cliente fue sancionado, pero en algún momento se levantó la sanción?
Una sanción histórica, actualmente levantada, a una persona u entidad, no prohibe legalmente trabajar con ésta, sin embargo, la ausencia de una sanción actual no significa ausencia total de riesgo.
Un enfoque binario de las sanciones, como una luz roja o verde para hacer negocios con alguien, no es el mejor enfoque de gestión del riesgo. Aunque la sanción ya no esté en vigor, la posible relación de negocios puede acarrear verdaderas preocupaciones reputacionales y operativas.
¿Qué pensaría la junta directiva, el público, los medios de comunicación y los accionistas de trabajar con una persona o empresa previamente sancionada? La opinión pública se mueve más rápido que la ley.
Lo más importante es que entiendas por qué el cliente en cuestión fue incluido inicialmente en la lista de sanciones, así como el porqué de su exoneración.
Además, cuando una entidad es sancionada, a menudo es sancionada por varias agencias de todo el mundo, cada una con diferentes niveles de escrutinio y criterios de sanción. Esto significa que una entidad puede no aparecer en algunas listas de sanciones, pero seguir figurando en otras.
Esta disparidad en las listas de sanciones puede complicar aún más la evaluación de riesgos y el cumplimiento normativo.
La persona o empresa opera en un país que tiene sanciones generales, ¿es esto un problema?
En la lista OFAC de programas de sanciones activos, hay 38 listados bajo "Programas de Sanciones e Información de País". Muchos de estos se relacionan con sanciones generales sobre actividades o industrias específicas en varios países.
¿Esto significa que no puedes trabajar con ninguna empresa en Somalia, Venezuela, Yemen o Etiopía?
A menudo, estas sanciones generales son sectoriales, enfocadas en industrias concretas dentro de una región, que no tienen porqué impedir desarrollar todo tipo de actividades.
Tu empresa debe ser plenamente consciente de la naturaleza de sus servicios y productos (incluyendo los de tus proveedores) para determinar su relación con estas sanciones. ¿Cómo afectaría a tu organización una relación de negocios con la entidad identificada?



